Requisitos Legales
Adaptándonos siempre a las necesidades del cliente y a sus objetivos. Una parte importante de nuestros servicios se han llevado a cabo en empresas con un tratamiento de datos de alto riesgo en sus actividades.
Nuestra imagen de marca está respaldada por más de una década de experiencia asesorando a nuestras empresas clientes en la consecución de sus objetivos en materia de protección de datos.
Una correcta implantación y seguimiento de la normativa, beneficia directa e indirectamente a su empresa en múltiples aspectos:
- La seguridad en los datos mejora la imagen de marca, lo que atrae a futuros inversores y socios.
- Una mayor seguridad en los datos que maneja genera una relación de mayor confianza con sus clientes, socios y proveedores.
- Se evitan pérdidas financieras y de prestigio derivadas de una mala gestión de la protección de datos. Hemos ayudado a más de 4000 empresas a cumplir con la normativa de protección de datos
Auditoria y mantenimiento
Si buscan un asesoramiento eficiente y una continuidad en el cumplimiento de la ley les interesará trabajar con Ingade. Informamos a nuestros clientes de cualquier cambio en la normativa para mantener la protección de datos siempre actualizada en su empresa. Gestionamos cualquier modificación, solicitud, quiebra o requerimiento por parte de la Agencia Española de Protección de Datos para que su empresa cumpla con la normativa vigente.
El objetivo principal es que la empresa cliente mantenga los beneficios de la implantación o adaptación RGPD a través del tiempo.
DPD
Hemos realizado servicios de delegado externo de protección de datos (DPD) para más de 50 empresas de diversas actividades tanto en el ámbito privado como la administración pública.
Nuestro objetivo es ser nexo de unión entre su empresa y la Agencia Española de Protección de Datos para darle soporte y facilitarle el cumpliento de la actual normativa
Sin duda es una responsabilidad para cualquier organización
El contribuir a detectar cualquier posibilidad de que se lleve a cabo un blanqueo, de lo contrario estaría contribuyendo indirectamente a que se siga llevando a cabo la actividad delictiva en cuestión, las cuales engloban, entre otros: actos terroristas, tráfico de estupefacientes, trata de personas, corrupción, etc…
El sistema financiero y buena parte de otros sectores (inmobiliario, jurídico, juego, etc.) pueden ser utilizados como medios para ocultar beneficios derivados de actividades delictivas y/o procedentes del fraude fiscal, así como para facilitar la financiación al terrorismo. Este tipo de actuaciones constituyen lo que se conoce como blanqueo de capitales.
En INGADE ayudamos a los sujetos obligados de la Ley de Prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo ( Ley 10/2010, de 28 de abril) a cumplir con las obligaciones que dicha ley establece para las empresas.
La Ley tiene por finalidad de proteger la integridad del sistema financiero y de otros sectores de actividad económica mediante el establecimiento de obligaciones de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo.
Sujetos obligados
- Los auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales.
- Los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia.
- Servicios a terceros: constituir sociedades u otras personas jurídicas.
- Los notarios y los registradores de la propiedad.
- Las entidades de crédito.
- Las entidades aseguradoras los corredores de seguros.
- Los abogados, procuradores u otros profesionales independientes.
- Los casinos de juego.
- Las personas que comercien profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos.
Las obligaciones de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del terrorismo son
- Elaborar un manual y una política de procedimientos que represente las medidas de diligencia debida que se deben adoptar.
- Nombramiento de un representante ante el servicio ejecutivo de la comisión para la prevención del blanqueo de capitales.
- Documentar los análisis de riesgo.
- Someter las medidas de control adoptadas a un examen anual por un experto externo.
- Realizar un plan de formación en prevención de blanqueo de capitales.